¿Cómo resolver un siniestro en dos segundos?

¿Cómo resolver un siniestro en dos segundos?

01-08-2023

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Marcelo Deve

Por Marcelo Deve

La noticia convulsionó el mercado asegurador mundial. La aseguradora Lemonade Insurance Company estableció un récord mundial al liquidar un siniestro de seguros en dos segundos. Según la aseguradora ese fue el tiempo que le llevó a su chatbot apodado “Jim” comprobar el reclamo, si el mismo se encontraba cubierto por la póliza, verificar mediante algoritmos que no había indicios de fraude y aprobar el siniestro. Luego de ello se notificó al banco las instrucciones para el pago a la vez que se avisaba al cliente sobre la procedencia del reclamo que la orden de pago ya había sido cursada.
Si bien parece ciencia ficción, lo descrito es posible dentro de cierta gama de negocios de seguros, gracias al uso de la inteligencia artificial (IA) generativa de la empresa.

El caso que ilustra la nota se basa en una experiencia reciente de una aseguradora muy particular. Un poco de contexto: creada en el año 2016 opera de manera directa, sin intermediarios, en seguros de inquilinos, mascotas, autos, vida y propietarios. Su público objetivo son los jóvenes.

“Su esquema de negocio se basa en pilares como la automatización, el servicio y velocidad de cara al cliente”

Su esquema de negocio tiene como pilares como la automatización, el servicio y velocidad de cara al cliente y se encuentra catalogada como una corporación de beneficio público, relacionada con la sostenibilidad y la responsabilidad social empresarial. Además se trata de una compañía totalmente digital con fuerte apoyo de IA para el análisis de los reclamos.

Sin duda estamos ante una aseguradora totalmente disruptivo en relación al negocio tradicional que nos deja algunas reflexiones que queremos compartir.

La primera, la extraordinaria contribución que ya hace y hará en el futuro la IA a la suscripción y análisis del negocio de seguros.No debemos confundir la rapidez en la resolución con el ciclo completo de finalización de un siniestro. Declamar dos segundos sin duda es inquietante, pero debemos detenernos también en analizar de qué siniestro estamos hablando: no es lo mismo un siniestro que afecta a un riesgo simple que a uno que presenta complejidad. Asimismo, darle un trato equitativo y justo al asegurado, es algo que excede el tiempo de resolución de un siniestro, aunque siempre suma optimizar los tiempos del servicio.

¿Cómo resolver un siniestro en dos segundos?

Por otro lado, abonar en ese plazo ínfimo implica partners que vayan a la misma velocidad que las aseguradoras, por ejemplo la velocidad de actuación de la entidad bancaria para procesar y transferir el pago al beneficiario.

En todo caso lo que nos está diciendo Lemonade, sin importar dónde lleves adelante la actividad aseguradora, es que ya es posible ese plazo para resolver un reclamo, lo cual presenta un desafío a la industria toda.

Buscar un equilibrio entre velocidad, equidad y satisfacción del cliente parece ser el reto de cara al futuro. «


Cobertura de animales domésticos: ¿Qué sucedepasa con los riesgos comerciales?

Cobertura de animales domésticos: ¿Qué sucede con los riesgos comerciales?

31-07-2023

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Lic. Fernando Tornato, Docente de AAPAS

Por el
Lic. Fernando Tornato,
Docente de AAPAS

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Responsabilidad Civil Médica: la persistencia de los reclamos (Parte I)

Responsabilidad Civil Médica: la persistencia de los reclamos (Parte I)

28-07-2023

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Dr. Fernando G. Mariona, Abogado

Por el
Dr. Fernando G. Mariona,
Abogado

¿Qué cubren los aseguradores del riesgo?

Los aseguradores del riesgo de responsabilidad profesional médica no deben haber sido ajenos a las transformaciones sufridas por el Derecho de Daños aún desde bastante tiempo antes de la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial. En Doctrina Jurídica se fue pasando del modelo de la inexistencia de responsabilidad civil en caso de que no hubiera culpa, a la concepción de que la responsabilidad civil es la reparación frente al daño injusto. Es decir que el daño ha desplazado a la culpa del escenario, ampliándose entonces el área desde la que se genera el reclamo por un resarcimiento cuando es justificable. Por lo tanto estarán cubiertos los errores de la organización que producen daños evitables, como las malas prácticas médicas inexcusables, las evitables y hasta las inevitables. El disparador del resarcimiento no es el acto ilícito del dañador, sino el daño de quien lo soporta.

“El daño ha desplazado a la culpa del escenario, ampliándose el área desde la que se genera el reclamo por un resarcimiento cuando es justificable”

La reforma implicó también la unificación de las órbitas contractual y extracontractual, que ya se encontraba presente en algunos textos de póliza de seguros en nuestro país a partir de fines del año 1995, bastante tiempo antes de la sanción de la reforma. A raíz de esta modificación se cambió el plazo de prescripción de la acción derivada de un mismo acto médico, pasando de dos y diez años a la unificación de tres años, art.2516 CCyC., poniéndole fin de alguna manera a la discusión de la validez de la cláusula claims made. A todo ello debemos adicionarle la máxima jerarquía que se le otorga al derecho a la salud, la pérdida de chance, las infecciones intrahospitalarias, el incumplimiento de la obligación de vigilancia y seguridad resultado, las malas prácticas en el desarrollo de los protocolos de investigaciones clínicas o en los tratamientos de infertilidad, el incumplimiento de la ley de Defensa de los Derechos del Consumidor, la cobertura o la exclusión de los Daños Punitivos hasta la constitucionalización del derecho civil (conf.arts.42 y 43 y 75 inc.22 de la CN), y la consagración de la función preventiva sumada a la idea del resarcimiento (art.1078 CCyC).

Esta modificación general en el espíritu de la cobertura, y ciertos factores potenciales de riesgo actuales, enfatizados por la propia comunidad médica, como el error y la seguridad del paciente, inimaginables al aprobarse el primer texto de póliza en enero de 1980, así como los avances de la medicina y sus prácticas, cuarenta y cuatro años atrás, hacen más que mérito suficiente para este breve repaso e intento de actualización a la comunidad médica, así como a los asesores productores de seguros.

Responsabilidad Civil Médica: la persistencia de los reclamos (Parte I)

¿Por qué no es tan fácil llegar a un rápido acuerdo?

En primer lugar pues por cada reclamo existe una multiplicidad de reclamados, requeridos o demandados: él o los médicos tratantes; las clínicas, sanatorios y hospitales donde la presunta víctima recibió prestaciones médicas; él o los servicios “tercerizados” de alguna especialidad de las clínicas; la empresa de medicina prepagada o la obra social a la que se encuentra asociado o afiliado el reclamante; la “gerenciadora” de dicha obra social, y a veces hasta el servicio de emergencia domiciliaria que hubiera acudido en su intento de compensar al paciente y eventualmente y con posterioridad lo hubiera transportado.

“Ante la posibilidad de un acuerdo, puedan existir políticas diferentes entre los aseguradores en cuanto a esos arreglos”

Además, podría ocurrir que cada una de esas partes “co-requeridas o co-demandadas” hubieran contratado seguro con distintas aseguradoras, y que no todos los profesionales tengan esa cobertura, o que las coberturas desde lo técnico sean diferentes, o tengan la cobertura vencida, o vencido el PED (1) y no lo hayan advertido al cambiar de compañía o, nadie se lo hubiera advertido, o la aseguradora les hubiera otorgado una cobertura de claims made no respetando las normas dictadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) en su Resolución 585/2018, art. 2.2 en adelante. No podemos soslayar que en los establecimientos médicos donde trabajan los médicos todos los días, el departamento administrativo del sanatorio, o el del centro médico donde los médicos alquilan consultorios y derivan sus pacientes, no hayan verificado la existencia o la inexistencia de una cobertura asegurativa adecuada y actualizada, así como que el PAS (Productor Asesor de Seguros) tampoco hubiera advertido dicha falla.

Esto significa que cada aseguradora, y obviamente asegurados y víctimas, frente a un reclamo, se pueden encontrar con distintas sorpresas. O también que ante la posibilidad de un acuerdo, puedan existir políticas diferentes entre los aseguradores en cuanto a esos arreglos; por ejemplo que cada uno de esos asegurados tenga, o al menos evalúe, responsabilidades diferentes o inexistentes, según su relación contractual con el paciente o con el establecimiento, y que al no existir el adecuado aporte económico por inexistencia de cobertura o por suma asegurada baja, las aseguradoras tengan que decidir incrementar su aporte para evitar la extensión de la pérdida en la prosecución de un juicio de resultado incierto.«


Flota circulante en Argentina y mercado de seguros

Flota circulante en Argentina y mercado de seguros

Flota circulante en Argentina y mercado de seguros
27-07-2023

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El reciente informe publicado por AFAC, correspondiente al parque circulante en nuestro país a 2022 deja datos por demás interesantes sobre población y obsolescencia del mismo, aspectos que tienen relevancia sobre el mercado asegurador.

El trabajo indica que el parque automotor creció en 2022 un 1,61 por ciento respecto del año anterior, con 15.079.040 vehículos que componen la flota circulante o “parque vivo”, incluyendo automóviles, comerciales livianos y pesados y con exclusión de acoplados y otros remolques.Aquí aparece el primero de los datos relevantes: un escaso crecimiento con respecto al año anterior debido a las pocas ventas.

La segunda mala noticia es que el parque envejeció un año, lo cual también impacta en el negocio del seguro. Para haber mantenido la edad las ventas tendrían que haber alcanzado 1,1 millones de vehículos nuevos, algo que estuvo lejos de suceder. Las dos situaciones descritas inciden sobre el negocio del seguro: pocos vehículos nuevos para ser asegurados y más viejos son una combinación que impacta en competencia por precio para la obtención de carteras, de coberturas más restringidas por obsolescencia y de mayores costos de reparación con menos primas cobradas. Todo ello sin considerar los mayores riesgos en materia de seguridad que plantea un parque viejo, con automóviles en muchos casos mal conservados.

Composición por tipo de vehículo y combustible

Los automóviles representan el 82 por ciento del total de unidades, los vehículos utilitarios livianos el 14 por ciento y los vehículos pesados un 3 %.En cuanto al tipo de combustible que utilizan el 62 por ciento son nafteros y el 25 por ciento gasoleros. Las unidades propulsadas por GNC son un 11 por ciento del total del parque circulante. Los vehículos híbridos alcanzaron las 18.850 unidades, el doble que el registrado en 2021 y los eléctricos puros ya alcanzaron las 500 unidades.

Composición por marca

El mercado claramente se encuentra dominado por siete marcas que por su orden de relevancia son: Renault, Volkswagen, Ford, Fiat, Chevrolet, Peugeot y Toyota.

Antigüedad del parque circulante

El informe da cuenta que un 26,3 por ciento del parque circulante tiene más de 20 años de antigüedad, un 33 por ciento tiene entre 10 y 20 años y un 25 por ciento tiene entre 5 y 10 años. Solamente un 15 por ciento de los autos que circulan tienen menos de 5 años.


AAPAS agasajó a la prensa con una cata de vinos

21-07-2023

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La Asociación Argentina de Productores Asesores de Seguros (AAPAS) invitó a la prensa especializada a una cata de vinos que se llevó a cabo en Pupe Wein almacén de vinos con motivo de celebrar el día del periodista el pasado siete de junio y que por razones de agenda fuera postergado.

Nicolás Saurit, vicepresidente de la institución junto a Mariana Turró, directora ejecutiva fueron los anfitriones del evento que contó con la presencia de los responsables de los medios especializados. “Queremos agradecer no sólo vuestra presencia esta noche sino muy especialmente la labor que llevan adelante y el acompañamiento que le brindan a la asociación difundiendo aquello que hacemos“, agradeció Saurit.

Horacio Levy, Horacio Lachman, Fernando Tornato.

Horacio Levy, Horacio Lachman, Fernando Tornato.

Horacio Levy, Horacio Lachman, Pedro Zournadjián y Hernán Fernández.

Horacio Levy, Horacio Lachman, Pedro Zournadjián y Hernán Fernández.

Marcela Curie, Nicolás Saurit, Mariana Turró.

Marcela Curie, Nicolás Saurit, Mariana Turró.

Marcelo Deve, Mariana Turró, Marcela Curie, Anabela Carpenito y Gabriela Barbeito.

Marcelo Deve, Mariana Turró, Marcela Curie, Anabela Carpenito y Gabriela Barbeito.

Nicolás Saurit y Pedro Zournardjián, director de revista mercado asegurador.

Nicolás Saurit y Pedro Zournardjián, director de revista mercado asegurador.

Revista Todo Riesgo.

Revista Todo Riesgo.

AAPAS agasajó a los periodistas especializados.

AAPAS agasajó a los periodistas especializados.

También destacó el particular momento que está viviendo la actividad y aprovechó para pedirle al periodismo que contribuya a “echar luz” sobre aquellas cosas que funcionan mal en nuestro mercado con el objetivo de mejorarlas.

A su turno Mariana Turró, directora ejecutiva de AAPAS, agradeció el apoyo y la predisposición en materia de difusión que recibe la asociación de parte de la prensa y anticipó acerca de las mejoras edilicias que se están llevando a cabo en la sede social y que redundarán en beneficios para los asociados, anticipando una futura invitación a conocerlas cuando terminen las obras y se realice la inauguración oficial “La idea es brindar el espacio de coworking de la institución a los socios para acercarlos a la misma y conocer sus inquietudes y necesidades”, explicó Turró.

En un marco cálido y de cordial camaradería los asistentes pudieron degustar distintas variedades de vinos acompañados por quesos y charcuterie que maridada a tal efecto. «

Ver video del evento


Sobre los derechos del asegurado: nuevas modificaciones propuestas sobre la resolución 24-2023

21-07-2023

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A más de seis meses del dictado de la Resolución 24-2023 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, y en virtud del incremento de consultas recibidas en la asociación, vemos necesario informar a nuestros asociados de todo el país las acciones realizadas en la búsqueda de una normativa que contemple y, eventualmente, resuelva definitivamente una de las problemáticas que afectan e impiden el ejercicio libre de la competencia.

Conociendo el marco normativo de distribución de seguros vigente en nuestro país y siendo responsables con el compromiso constante de ampliar los horizontes de comercialización del mercado de seguros, nuestras propuestas siempre tuvieron como eje la protección de los intereses de los productores asesores de seguros.

Este compromiso con el colectivo de los Productores Asesores de Seguros nos llevó a participar a los directivos de la Federación de Asociaciones de Productores Asesores de Seguros (FAPASA) de nuestras preocupaciones y a quienes hemos invitado a compartir nuestra mirada y reclamo sobre los aspectos que necesariamente requieren ser modificados de la citada resolución normativa.

Queremos reconocer la excelente recepción que desde nuestra primera reunión por este tema mantuviéramos con los funcionarios de la Superintendencia de Seguros de la Nación y su Gerenta de Coordinación General, la Dra. Ana Durañona, quienes siempre estuvieron abiertos a escuchar nuestros planteos y nos instaron a presentar propuestas de modificación del texto normativo en miras a nuestros cuestionamientos.En este orden de cosas, y en virtud de ello nuestra Asociación Argentina de Productores Asesores de Seguros (AAPAS) acercó propuestas entendiendo necesario modificar la resolución número 24-2023 en los siguientes términos:

1 • La normativa debe contemplar expresamente en el texto y en cualquier documento anexo el principio de libertad de intermediación. En este sentido, y mediando una contratación de seguro accesoria a una operación de crédito o en el marco de comercialización de planes de ahorro y capitalización para fines determinados, el asegurado deberá ser debidamente informado sobre el derecho a elegir tanto al inicio, como en cualquier momento de la vigencia del contrato de seguro, el agente institorio o el productor asesor de seguros que intervenga.

2 • Se debe modificar el artículo 5to. de la Resolución 24-2023 por cuanto considera que las comisiones que acuerdan libremente los productores asesores de seguro con las entidades aseguradoras resultan ser un costo. Debe entenderse que conforme la técnica aseguradora la explotación a través de intermediarios, como ser los PAS, o con personal propio por parte de las aseguradoras, obedece exclusivamente a una decisión empresarial que se justifica en el principio de la libertad de empresa.

De esta forma no vemos en el ordenamiento regulatorio de seguros una norma que, con carácter de sanción, similar a la que se observa en el artículo cinco cuestionado de la resolución citada, castigue imponiendo a alguna de las partes del binomio asegurado/asegurador o intermediarios con el costo de los salarios que abona la empresa aseguradora a sus empleados.La empresa aseguradora siempre incluirá dentro del costo final del seguro ese concepto, que dependerá de si comercializa sus productos con personal propio o lo hace a través de intermediarios como los PAS.

3 • Se debe garantizar al asegurado el derecho a la libertad de contratación que regula el artículo 1099 del Código Civil y Comercial y para ello, ponderando las responsabilidades de acreedores prendarios o administradores de planes de capitalización y/o ahorro, una alternativa posible podría ser el incremento de opciones de elección de entidades aseguradoras sobre las que pueda elegir el cliente, ya que ofrecer sólo cinco compañías resulta a nuestro entender insuficiente. «


Nuevas opiniones sobre un viaje de formación inolvidable

18-07-2023

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Mario Andreatta, Corporative Business Developer Hawk Group S.A.

Mario Andreatta
Corporative Business
Developer Hawk Group S.A.

“Para Hawk Group, ya instalados en España, fue un placer formar parte y acompañar a esta comitiva. La iniciativa de AAPAS en gestar esta primera misión ha superado con creces las expectativas planteadas por todos nosotros. El haber sido recibidos por nuestro embajador en España, Don Ricardo Alfonsín, dándonos la bienvenida al viejo continente nos abrió la puerta de una semana intensa de encuentros. Hemos podido recorrer las principales compañías con desarrollo mundial, que comparten operatoria con Argentina, como así también los principales Brokers Internacionales. Como broche de oro pudimos intercambiar consultas y experiencias con la DGS (Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones).

Este tipo de misiones son altamente positivas y enriquecedoras, porque nos muestran el camino, nos enseñan y nos acortan las distancias con la experiencia recorrida. A todos los asistentes las visitas nos han servido para conocer todo el camino que resta por recorrer en Argentina y la región, en base a la experiencia de un país que ha alcanzado un alto punto de madurez del rubro a lo largo de los años.Desde Hawk Group solo tenemos palabras de agradecimiento a AAPAS por la oportunidad de haber podido formar parte de esta primera experiencia. Tenemos el compromiso de trabajar arduamente para impulsar el desarrollo del sector y su crecimiento generando avances y oportunidades y sin ningún lugar a dudas, estaremos presentes en la próxima misión empresarial internacional”.


Fernando Flores Hein, CEO y fundador de Tu Especialista

Fernando Flores Hein
CEO y fundador de
Tu Especialista

“Cuando decidí participar del programa lo hice a raíz de la duda acerca de cómo podría evolucionar el mercado asegurador argentino y volví con un panorama diferente y deseablemente positivo de lo que podría llegar a ser la actividad aseguradora en nuestro país, tanto desde el punto de vista de las instituciones, como de las aseguradoras y de los brokers”. De los muchos aspectos que observé, destaco que en España la industria está centrada en el bienestar del cliente y las decisiones que toman los actores se proyectan pensando en lograr el mejor resultado a largo plazo. Creo que tenemos mucho que aprender,proyectar y adquirir del mercado español, para mejorar nuestro mercado. La experiencia me permite entender en qué ramos o áreas conviene poner foco, tanto como organizador como para la producción directa. Adicionalmente mi objetivo era conocer cómo abrir con mi organización operaciones en España y vuelvo con un panorama muy completo de cómo hacerlo y lo que implica.

Repetiría un viaje similar sin dudarlo y también recomendaría a otros colegas hacerlo. Este tipo de experiencias más allá de que siempre es lindo viajar, enriquecen la mirada y el panorama de cómo pensar y ver las cosas”.


Diego Dantonio, Socio gerente en Mariano Larreteguy y Asoc.

Diego Dantonio
Socio gerente en Mariano Larreteguy y Asoc.

“Decidimos como empresa participar de la Experiencia Madrid 2023 organizada por AAPAS con el objetivo de seguir conociendo a la industria aseguradora española. En esta oportunidad, focalizamos en las instituciones que regulan el mercado e identificamos las buenas prácticas de la actividad que pueden servirnos de disparador para replicarlas o crear similares adaptadas a nuestra realidad. Del viaje rescato varios aportes como por ejemplo la actitud colaborativa de los diversos actores del mercado, los desarrollos tecnológicos como consecuencia de acuerdos y los trabajos de mediano y largo plazo.

También quiero destacar dos aspectos que llamaron mi atención: el primero, acerca de la importancia de los productores asesores en la industria aseguradora apalancada por los colegios de mediadores que los representan. El segundo, el compromiso activo de cada una de las entidades que intervienen en la actividad en pos de lograr sus objetivos, sin esperar que otra lo haga por ellos. Como profesional, empresa o representante de una asociación, no depositan en el otro la responsabilidad de hacer, quedándose a la espera en una posición pasiva, por el contrario, ponen el foco y la iniciativa en generar soluciones que aporten a su propósito.

Fue una experiencia muy provechosa y enriquecedora. Estoy convencido que ha sido producto de la excelente organización, que permitió relacionarnos entre los integrantes del grupo no solo a nivel profesional sino también humano”.


Julian Saucedo, productor y fundador de Saucedo Seguros

Julián Saucedo
Productor y fundador de Saucedo Seguros

“Haber participado de la experiencia en Madrid fue una gran oportunidad de crecimiento tanto en lo profesional como en lo personal. Las diferentes reuniones nos fueron enriqueciendo cada una con su dinámica e impronta particular, y al finalizar se generaba un gran intercambio de ideas y opiniones en el grupo siendo esos momentos el “Core” de la experiencia.

Compartir una semana con colegas de gran trayectoria y apasionados por la profesión, el cálido recibimiento de cada una de las instituciones visitadas, la organización y el trabajo de Mariana Turró para coordinar el viaje, y la iniciativa de Sebastián del Brutto y Nicolas Saurit para concretar la “Experiencia Madrid 2023” hicieron que las expectativas fueran superadas ampliamente.Invito a mis colegas a que se sumen a las próximas ediciones, sobre todo a los PAS jóvenes, que están interesados en llevar a la profesión un paso más allá, es una gran oportunidad para el networking y aprendizaje”.


Mariana Turró
Directora ejecutiva de AAPAS

“¡Esta experiencia internacional fue un desafío maravilloso! Mi agradecimiento a la Comisión Directiva de AAPAS por invitarme a ser parte de esta nueva iniciativa, a la Comisión Internacional por animarse a pensar en grande, al Colegio de Mediadores de España, especialmente a Javier Barberá Ferré por abrirnos las puertas del Mercado Asegurador de España que nos recibió con tanta dedicación y profesionalismo y sobre todo mi agradecimiento al extraordinario grupo de personas que fueron parte de esta experiencia por su entusiasmo, su compromiso, porque estuvieron siempre dispuestos a sumar y porque facilitaron mi trabajo en todo momento.

Destaco de cada reunión la apertura de los anfitriones en brindarnos sus experiencias con la esperanza que sirvan para hacer crecer a nuestro mercado, la humildad en cada relato y la pasión por lo que hacen. Fuimos testigos de lo que ocurre cuando todos los actores se comprometen en la búsqueda de soluciones que beneficien a todo el sector, apuntando a mejorar la experiencia del cliente y colaborar para ser responsables con el medioambiente.

Esta fue la primera de muchas “Experiencias Internacionales “impulsadas por AAPAS que se irán dando a futuro, abiertos a aprender en cada oportunidad y a las cuales invitamos a sumarse a todos aquellos que quieran ser parte”.


Responsabilidad por el uso de armas de fuego

Responsabilidad por el uso de armas de fuego

16-07-2023

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Lic. Fernando Tornato, Docente de AAPAS

Por el
Lic. Fernando Tornato,
Docente de AAPAS

No siempre las cláusulas adicionales amparan los hechos que uno pensaría, ya que el texto de las mismas deja algunos supuestos sin cobertura. Un recordatorio para el PAS de la importancia de leer y revisar siempre los textos de póliza y, en casos como el presente, recurrir al suscriptor de la aseguradora para conseguir la más adecuada cobertura del riesgo al cual está expuesto nuestro cliente.

Ver video «Responsabilidad por el uso de armas de fuego»


Modificación de condiciones de cobertura por parte del asegurador

Modificación de condiciones de cobertura por parte del asegurador

Modificación de condiciones de cobertura por parte del asegurador
14-07-2023

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Dr.. Gastón Martínez, asesor de AAPAS

Por el
Dr. Gastón Martínez,
Asesor de AAPAS

Encuadre

El binomio contractual (asegurado – aseguradora) no resulta ser un vínculo paritario y naturalmente equilibrado, sino que, por el contrario, es asimétrico con motivo a la significativa preponderancia económica, organizativa e informativa de una de las partes de esa relación jurídica (entidad aseguradora). Esta asimetría significa para el asegurado la imposibilidad de negociar individualmente las condiciones del contrato, que le viene dado por el asegurador – empresa profesional y económicamente organizada que acumula conocimientos e información (art. 1725 CCyC) de los que el asegurado (que podrá ser también consumidor)* no dispone- a partir de la imposición de cláusulas predispuestas.

Las particularidades citadas ponen en cabeza de la parte fuerte del vínculo, un deber de información y lealtad contractual que se constituye en una obligación legal derivado del principio de buena fe y verosimilitud (art. 961 CCyC). Tal como lo refería Rubén Stiglitz** los principios morales como la buena fe, la lealtad, la honestidad en el obrar, la cooperación, la sinceridad, el auxilio y la protección al débil o al vulnerable son todas directivas que, con sustento ético aparecen recibidas por el derecho como deberes positivos, accesorios a los efectos principales, por lo que constituyen deberes jurídicos.

Con el mismo criterio, los principios enumerados operan como fundamento de una obligación negativa que podría resumirse en la de NO ENGAÑAR o de abstenerse de COMPORTAMIENTOS DAÑOSOS. El deber de buena fe y lealtad intensificado que debe desplegar el asegurador desde la etapa precontractual (tratativas), y que se continuará en la etapa de ejecución del contrato servirá para generar la debida confianza e información en el asegurado a los fines de hacer eficaz el consentimiento que este último preste (art. 4 Ley 17.418), evitando nulidades, respetando las expectativas razonables del cliente.

Desde otro punto de vista, la confianza de los asegurados (confianza pública) es el pilar central sobre el que se asienta el mercado asegurador, al punto tal, de justificar el control estatal permanente sobre este mercado a partir del dictado de regulación que apunta a encauzar una actividad específica, en la que concluyen intereses vinculados no solo de las económicas privadas, sino de la nacional y de la producción en general.

* Se considera consumidor a la persona humana o jurídica que adquiere o utiliza, en forma gratuita u onerosa, bienes o servicios como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social (art. 1092 CCyC).
** El deber de información precontractual y contractual. Deber de Consejo. La cuestión en los contratos paritarios y de consumo. TRLALEY AR/DOC/1259/2009).

"Hacer cambios de cobertura en contratos vigentes sin consentimiento del asegurado es susceptible de ser sancionado por la SSN"

Particularidades derivadas de la obligación de informar

Debido a las obligaciones antes descritas, el asegurador deberá cumplir, principalmente en la etapa precontractual, deberes de proveimiento informativo certero, suficiente, detallado y eficaz, compromisos que en el ámbito del derecho del consumidor se objetivan en el artículo 4 LDC y 1100 del CCYC y que, como se dijo, tienen como destino lograr el consentimiento eficaz del asegurado.Informar es transferir conocimiento, desde la parte que lo posee a la otra que no está informada.

Para Stiglitz esas las complejas particularidades de la actividad aseguradora obligan además al asegurador a que la información deba ser provista con una valoración positiva o negativa, y que además advierta al asegurado sobre las consecuencias del contrato (deber de advertencia). Esa valoración sobre la información importaría un deber de Asesoramiento o Consejo.

Asesorar es aconsejar al cliente sobre el alcance y caracteres de la cobertura contratada y la oportunidad de celebrar el contrato.En nuestra actividad aseguradora, las obligaciones para la venta asesorada aparecen reguladas en el artículo 10 de la Ley 22.400, es decir, existen obligaciones reguladas de asesoramiento al cliente cuando la comercialización se hace a través de productores asesores de seguro. Sin perjuicio de ello algunos diremos, que sin la intervención del productor asesor, la comercialización de seguros coincidirá con lo que se denomina venta informada, la que deberá incluir el deber de advertencia, pero no por ello el de consejo.

Asesorar es aconsejar al cliente sobre el alcance y caracteres de la cobertura contratada y la oportunidad de celebrar el contrato. En nuestra actividad aseguradora, las obligaciones para la venta asesorada aparecen reguladas en el artículo 10 de la Ley 22.400, es decir, existen obligaciones reguladas de asesoramiento al cliente cuando la comercialización se hace a través de productores asesores de seguro.

Modificación de Condiciones de Cobertura por parte del Asegurador. Modificación de los montos de franquicia en seguros de responsabilidad civil

El contrato de seguro contiene cláusulas delimitantes del riesgo asumido por el asegurador. Esas cláusulas están contenidas en condiciones generales y particulares de póliza y pueden clasificarse de varias formas. Diremos que a grandes rasgos existen las que delimitan el riesgo de manera cualitativa (que son, por ejemplo, las que definen el riesgo cubierto), y las que lo hacen de manera cuantitativa (que son las que determinan el valor de cobertura o límite máximo de responsabilidad a cargo del asegurador o suma asegurada y, también, el descubierto a cargo del asegurado o franquicia).Una vez que las dos partes prestan consentimiento, el contrato válidamente celebrado será obligatorio para las partes, y su contenido sólo podrá ser modificado por acuerdo de partes (art. 959 CC y C). De esta forma, ni el asegurado, ni el asegurador podrán modificar las condiciones contractuales unilateralmente.

Las obligaciones del asegurador, su deber de buena fe, informativo y de comportamiento leal se replican en caso de que este proponga una modificación de los términos originales de un contrato de seguro vigente (endoso de modificación/cambio de cobertura). En este sentido, el asegurador deberá informar al asegurado sobre la modificación propuesta, y lograr de este el consentimiento para poder incorporarla, caso contrario podrá ser desconocida y no tendrá validez contra el asegurado.

Se deberá contemplar que una cosa es la aceptación o incorporación válida de una cláusula a un contrato de seguro, y otra cosa es la validez sustancial de la cláusula. La primera es la validez de la incorporación (que es lo que estábamos tratando en estas líneas) y la otra la validez del contenido de esa cláusula.

Modificaciones al contrato de seguro. Deber de Advertencia

En las modificaciones de condiciones de cobertura sobre vínculos contractuales vigentes el asegurador deberá cumplir con el deber de información y, particularmente, con el deber de advertencia (también se deberá cumplir con esta obligación en renovaciones de póliza) anteriormente referidos. El deber de advertencia exacerba su justificación cuando la modificación de cobertura propuesta por el asegurador importa una reducción de la cobertura vigente en detrimento del asegurado, como por ejemplo sería el caso de un aumento del descubierto a cargo de este (franquicia) sin que se ilustre al cliente sobre las consecuencias y el alcance que implica dicha decisión comercial del asegurador.Esta obligación se replica en caso de que la póliza se “renueve” (nuevo contrato de seguro) con el mismo asegurador.

"Ante cambios en las condiciones de los contratos el asegurador debe cumplir con su deber de informar y advertir al asegurado"

Consecuencia del incumplimiento del deber de información

Como se dijo el incumplimiento del deber de información, importará privar de validez a la cláusula modificatoria con relación al asegurado, y eventualmente posibilitará acciones de daños y perjuicios con justificación en prácticas desleales.Por su parte el productor asesor de seguros que no asesore debidamente será responsable, independientemente del obrar del asegurador, debido a las obligaciones legales previstas en el artículo 10 de la Ley 22.400.

Ejercicio de Irregular de la Actividad Aseguradora

Trasladar cambios de cobertura en contratos vigentes sin la anuencia del asegurado es una práctica reñida con las pautas de garantía a la confianza (pública) conforme debe ejercer su actividad la entidad aseguradora, y por consiguiente, susceptible de ser sancionada por la Superintendencia de Seguros de la Nación.«


Exitosa participación de AAPAS en EXPO JOVEN 2023

13-07-2023

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Los días 5 y 6 de julio AAPAS participó, por primera vez, en EXPO JOVEN 2023. La actividad, organizada por la Ciudad de Buenos Aires en la USINA DEL ARTE tuvo como objetivo principal brindar herramientas a los jóvenes de entre 16 y 35 años de edad para capacitarse, encontrar ofertas de formación y postularse a distintas ofertas laborales.

El stand de la asociación recibió de manera constante la visita de aquellos interesados por la propuesta en materia de formación, que consistía en el curso de obtención de matrícula y el de auxiliares administrativos en seguros.

AAPAS dispuso la oferta de quince vacantes para el curso de auxiliar administrativo en seguros como apoyo a la iniciativa del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Ver video «Exitosa participación de AAPAS en EXPO JOVEN 2023»

La charla que por espacio de media hora llevó adelante Christian Zieliñski, director académico de la institución, comenzó con la difusión de un video introductorio sobre la actividad del productor de seguros que sirvió de disparador para invitar a los asistentes a considerar la actividad del asesoramiento en seguros como forma de iniciar una carrera independiente por fuera de la opción tradicional de empleo en relación de dependencia. De este modo se destacó la importancia de considerar el ser auxiliar administrativo en seguros como una aproximación a la actividad, teniendo en cuenta la poca atracción que tiene el mercado de seguros, necesitado del talento joven.

“Por primera vez participamos con AAPAS de la Expo Joven 2023 Programa Tu Primer Empleo, y la experiencia fue muy interesante desde varios puntos de vista. Nuestra institución, pionera en la capacitación en seguros en nuestro país, tuvo un espacio para ofrecer las diferentes propuestas de capacitación a tantísimos jóvenes que se acercaron al stand y escucharon la charla brindada”, expresó Zieliñski.

Asimismo agregó, “trajimos herramientas para desarrollarse en el mercado con bases sólidas. Notamos gran entusiasmo de los jóvenes por ingresar a este nuevo mundo.Como institución, tomamos la experiencia para regar la semilla de la conciencia aseguradora, con la juventud. Esperamos el año próximo participar nuevamente con ideas innovadoras desde nuestro sector”.«

Expo Joven 2023 es un evento presencial organizado por la Ciudad de Buenos Aires para que jóvenes de 16 a 35 años descubran su vocación e impulsen su empleabilidad.

La jornada, organizada por el Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a través de la Dirección General de Políticas de Juventud, se llevó a cabo el 5 y 6 de julio, de 10 a 20hs en la Usina del Arte.

Durante la misma a los jóvenes se les brindaron herramientas para acercarse a su vocación y a diversos espacios donde podían, entre otros, encontrar ofertas de formación y postularse a distintas ofertas laborales
Participaron más de 120 empresas, y más de 30 universidades y organizaciones de la sociedad civil. También hubo charlas con referentes destacados del sector.