La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) acordó con la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) el traslado al día lunes 28 de septiembre de 2020 la celebración por el Día del Empleado de Comercio , instituido el 26 de septiembre de cada año según la Ley 26.541.

Recordamos a todos los empleadores que en materia de remuneración se debe dar cumplimiento a la normativa legal vigente (Ley de Contrato de Trabajo y concordantes) y con los alcances de la Ley 26.541. Además, este día no podrá otorgarse como franco compensatorio de descanso semanal.

Para acceder al acuerdo, hacer click aquí .