30-05-2024

Derecho de cartera de clientes, pautas de transmisión y sucesión

A raíz de la consulta de asesores de seguros a la Comisión de Defensa al PAS sobre los derechos de sucesión de cartera se realizó este encuentro para poder brindar herramientas. En próximas publicaciones se entregará material más exhaustivo sobre la temática.


Derecho de cartera de clientes, pautas de transmisión y sucesión

El pasado 28 de mayo se llevó a cabo en la sede central de AAPAS Bolívar una charla referida al “Derecho de cartera de clientes, pautas de transmisión y sucesión».

A auditorio lleno, la vicepresidenta de la Asociación Gabriela Bruzzese inició la charla resaltando a los asistentes sobre el valor de las comisiones de trabajo como motor de AAPAS. Específicamente destacó que la comisión de defensa del PAS en los años 2022 y 2023 recibió numerosas consultas sobre el tema transmisión y sucesión de la cartera de clientes.

Refirió también que a raíz de esto, la comisión consideró necesario profundizar el tema debido a la importancia y a la falta de legislación y reglamentación al respecto. Habida cuenta del vínculo que AAPAS mantiene con AIDA, y particularmente con la comisión de Distribución y Comercialización, los Dres. Martinez Gastón y Dr. Nayar Rodrigo, realizaron un exhaustivo estudio de la normativa argentina y del derecho comparado, para así realizar una primera presentación en forma de taller en el FNS 2024 en Abril 2024 y posteriormente en una disertación más detallada en la sede de AAPAS el día 28 de Mayo.

Derecho de cartera de clientes, pautas de transmisión y sucesión
Derecho de cartera de clientes, pautas de transmisión y sucesión

Cabe mencionar además que, ambos letrados presentaron el tema en el XIX Congreso de AIDA en la comisión de Distribución como ponencia, con el fin de ayudar a preveer y planificar la transmisión de los derechos económicos y comerciales que los PAS poseen sobre su cartera de clientes, y evitar la incertidumbre que podría surgir en procesos sucesorios debido a la falta de normativa específica.

Como recomendación, señalaron que la constitución de sociedades hoy es la única medida que garantiza la continuidad de los derechos a cobro de comisiones y sobre la cartera para los herederos del PAS.

Respecto al derecho de clientela, afirmaron es cedible entre individuos, subrayando la importancia de la notificación al asegurador como esencial para la validez del acto jurídico, en virtud del carácter personalísimo que existe en el vínculo entre el PAS y el asegurador.

En cuanto al derecho a cobro de comisiones sobre los contratos intermediados hasta la extinción, destacaron que se transmite a los herederos por causa de muerte, por ser un bien que se integra al patrimonio del causante.

En conclusión, se enfatizó sobre la relevancia de la planificación por parte de los PAS de sus carteras. Y para concluir, la vicepresidenta mencionó que la asociación continuará trabajando en la protección y la defensa del colectivo de productores y productoras.«

Derecho de cartera de clientes, pautas de transmisión y sucesión