¿Cómo funciona?

Al instante que se realiza la denuncia el sistema envía una alerta a la empresa notificándola y a la CNRT, para que esté al tanto del reclamo. Si en 30 días la empresa no lo resuelve de manera satisfactoria, se emite una nueva alerta automática en donde la CNRT continúa el proceso en segunda instancia para sancionar a la empresa.

Del total, el 78 % están finalizadas, es decir que llegaron a la instancia de la multa económica, concluyeron por falta de documentación o por contener información errónea. Por otra parte, el 22 % se encuentran en trámite. Según el tipo de reclamo, la CNRT analiza la información que arroja el sistema y acciona legalmente ante la empresa, en caso de detectar algún incumplimiento.

 

“Ya no hay manera de que un reclamo quede en la nada. Este Portal le permite al usuario tener un seguimiento y brinda la seguridad de que su reclamo será atendido y monitoreado hasta el final. Antes, era la persona quién tenía que seguir el paso a paso de su reclamo con la empresa y muchas veces quedaba en la nada y en la CNRT no nos enterábamos”, explicó Pablo Castano, Director Ejecutivo de la CNRT.

El procedimiento para cargar el reclamo es simple e intuitivo y le permite al usuario enviar consultas a distancia, sin necesidad de acercarse a la empresa. A su vez, podrá modificar o incorporar información a las denuncias y adjuntar los elementos probatorios, como fotos y videos. Esto permite fiscalizar la calidad de los servicios cumpliendo con el reglamento del usuario.

A partir del registro de todos los casos con identificación personal, es posible realizar un seguimiento sobre el estado de las denuncias y del comportamiento de las empresas con los denunciantes. Todos los datos personales del usuario y su uso se encuentran resguardados por la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326.

Las denuncias pueden seguir haciéndose por teléfono, tanto al Centro de Atención Telefónica del organismo llamando al 0800-333-0300, como a las líneas de atención gratuita pertenecientes a las empresas. Todas las denuncias deben ser con nombre, apellido y un correo electrónico de referencia donde el usuario recibirá las comunicaciones referidas a su denuncia. En todos los casos, las empresas deben registrar la denuncia telefónica en el Portal de Denuncias Web.

En este sentido, todas las denuncias recibidas en el Portal constituyen una valiosa información para la CNRT para profundizar las acciones de control y fiscalización y en consecuencia mejorar el servicio y la seguridad de todos los pasajeros. Cabe destacar que el usuario tiene hasta 2 años desde que ocurrieron los hechos para denunciarlo. 

¿Cómo accedo y qué puedo hacer como usuario?

Para acceder al Portal de Denuncias el usuario deberá autenticar su identidad con la plataforma Mi Argentina, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) o por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

  • Denuncias

Una vez identificado el usuario, deberá elegir en el sistema el tipo de solicitud y motivo de la misma, luego pasará a completar los campos vinculados y a cargar los datos específicos requeridos. Podrá denunciar micros de larga distancia, colectivos de línea y combis que realizan transporte público nacional. Además, la plataforma le permitirá acceder a su historial de consultas, a las comunicaciones asociadas y conocer el estado del trámite durante todo el proceso.

  • Encuestas

Previo finalizar la carga de una denuncia, el usuario deberá completar una pregunta obligatoria sobre la atención brindada por la CNRT. También, podrá completar encuestas voluntarias sobre el transporte de pasajeros controlado por el organismo.

  • Sugerencias

Podrá elegir el tipo de sugerencia y enviarla a través de la plataforma. Además, al finalizar la carga de una encuesta, se le dará la opción de realizar una sugerencia a través de un link.

  • Información para el usuario

Sin necesidad de loguearse en la plataforma, podrá ver novedades del transporte publicadas desde la CNRT, como así también acceder a la información de contacto de las empresas (e-mail y teléfonos de atención).

Ranking de denuncias

  1. No respetar la parada
  2. Falta de frecuencia (art. 86)
  3. Conducir en forma imprudente
  4. Tratar desconsideradamente
  5. Deficiencias mecánicas, de carroceria y/o del servicio
  6. No recepcionar las denuncias telefónicas
  7. Desvío del recorrido
  8. Retrasos en el servicio
  9. Conducir a excesiva velocidad
  10. Conducir haciendo uso del celular
  11. Violación del régimen tarifario
  12. Incumplimientos relativos al boleto
  13.  
  14. Falta de higiene
  15. Agredir o intentar agredir
  16. No reconocer pases
  17. No cumplir con disposición de movilidad reducida
  18. Extraviar total o parcial de equipaje
  19. Suspensión o cancelación de servicios
  20. Realizar servicios en violación de las modalidades
  21. Conducir conversando con pasajeros
  22. Conducir escuchando radio
  23. Realización del servicio en un coche de categoría inferior al contratado
  24. No devolver total o parcialmente importes abonados
  25. Violar la prohibición de fumar
  26. Abandonar el puesto de conducción
  27. No colaborar ante una situación de emergencia
  28. Transportar pasajeros de pie
  29. Ausencia o deficiencia de elementos obligatorios de seguridad
  30. No se exhibe el cuadro tarifario
  31. No emisión de boleto o información faltante o incorrecta en el mismo
  32. Falta total o parcial de leyendas reglamentarias
  33. Circular con una o varias puertas abiertas
  34. Prestar servicios no habilitados
  35. Extraviar total o parcialmente las encomiendas
  36. Validadora sube
  37. Falta de luces o luces de colores
  38. No aceptar pago múltiple con sube
  39. No respetar el nivel permitido de emisión de ruidos
  40. Negarse a transportar equipaje sin causa que lo justifique
  41. No emisión de ticket de equipaje o información faltante o incorrecta en el mismo
  42. No respetar el nivel permitido de emisión de gases
  43. No funcionamiento de rampas
  44. No dar cumplimiento al descanso mínimo reglamentario
  45. Demora en la entrega de equipaje o encomienda
  46. Conducir en estado de ebriedad
  47. Información errónea en el DUT/ adulteración de información en el DUT