Recordemos que dicho inciso establece que podrán ser objeto de la declaración voluntaria y excepcional, “demás bienes en el país y en el exterior incluyendo créditos y todo tipo de derecho susceptible de valor económico”.

El texto de la norma es amplio y no hace aclaración específica sobre los seguros de vida “offshore”, combatidos desde el mercado asegurador hace años por tratarse de coberturas ilegales.