Cláusula de vientos en seguros:
¿qué fenómenos atmosféricos debemos considerar?
La cláusula de vientos sigue generando conflictos en el mercado asegurador. En esta nota, analizamos cómo diferentes fenómenos atmosféricos son abordados en las pólizas y qué cuestiones deben tenerse en cuenta para evitar vacíos en la cobertura.

Por el Lic. Fernando Tornato, Docente de AAPAS
Uno de los temas recurrentes en el mercado asegurador es la interpretación de la cláusula de vientos, comúnmente conocida como HVCT, que suele generar conflictos en las pólizas. La realidad es que muchas de estas cláusulas están copiadas de pólizas del exterior, especialmente del hemisferio norte, y contienen fenómenos atmosféricos que en nuestro país no se dan o no están definidos claramente.
Por ejemplo, en muchas pólizas aparece la cobertura para fenómenos como huracanes y ciclones; sin embargo, estos eventos no ocurren en nuestras latitudes, aunque se deja abierta la posibilidad de que, por el cambio climático, puedan suceder alguna vez. Lo que sí ocurre frecuentemente son vientos fuertes o temporales, que muchas compañías consideran como causa de daños a partir de cierta magnitud, habitualmente utilizando tablas de medición de vientos en nudos o en kilómetros por hora, como la tabla de Beaufort.
El problema surge con fenómenos como el vendaval, que en el diccionario de la Real Academia se define como un viento fuerte pero que no llega a ser tempestad; esto lo hace aún más conflictivo, ya que muchos aseguran que hay que cubrir solo vientos con determinada intensidad. En cambio, fenómenos como tornados, que ocurren en nuestro país con cierta frecuencia y tienen características muy específicas, sí están claramente definidos dentro del riesgo.
Analizamos también el impacto de decisiones de algunas compañías que comenzaron a eliminar la cobertura de la cláusula de vientos. Sin embargo, en muchas ocasiones, los liquidadores entienden que, más allá del fenómeno específico, los vientos severos de cierta magnitud deben estar cubiertos, para lo cual suelen apoyarse en mediciones en nudos o kilómetros por hora.
La realidad meteorológica en nuestro país, con eventos como las grandes tormentas de diciembre de 2017 y diciembre de 2023, evidencia la necesidad de que los productores asesores de seguros conozcan y asesoren correctamente respecto a qué riesgos atmosféricos se deben incluir en las pólizas para garantizar una adecuada protección de sus clientes.
Este es un tema que requiere un análisis detallado y la revisión de las cláusulas para evitar vacíos o confusiones futuras, asegurando que la cobertura sea efectiva en las situaciones que realmente pueden ocurrir en nuestro territorio.«